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Ley
LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
73

Artículo 73 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a organizar un evento para entre 500 y 10,000 personas, necesitas entregar tu plan especial en la Alcaldía al menos 15 días hábiles antes del evento. Para eventos más grandes, con más de 10,000 asistentes, el plazo se extiende a 20 días hábiles antes. Días hábiles son los que no son sábado, domingo ni días festivos, así que calcula bien las fechas para que no te multen. Si no cumples con estos tiempos, podrías tener problemas con el permiso.

Texto oficial

Artículo 73. Los Programas Especiales para los eventos con aforo desde 500 y hasta 10,000 personas, deberán presentarse ante la Alcaldía correspondiente con un mínimo de quince días hábiles de anticipación al evento Los Programas Especiales para los eventos masivos con aforo superior a 10,000 asistentes deberán presentarse con un mínimo de veinte días hábiles de anticipación al evento.

Ver texto oficial de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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