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Artículo 71 de la LEY PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN LA CIUDAD DE MEXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice quiénes forman parte del equipo que representa a la Administración (el gobierno de la ciudad). Por un lado, van dos personas de la Secretaría de Gobierno: el Subsecretario de Asuntos Jurídicos y el Director General de Gobierno. Por otro lado, van cinco personas de la Secretaría de Educación, como el Director General de Acción Social, el Director de Cultura, el de Actividades Recreativas, el del Teatro de la Ciudad de México y el de la Orquesta Filarmónica. En pocas palabras, son los encargados de tomar decisiones y hablar en nombre del gobierno en ciertos asuntos.

Texto oficial

Artículo 71.- La representación de la Administración se integrará de la siguiente manera: I. Por la Secretaría: a) El Subsecretario de Asuntos Jurídicos, y b) El Director General de Gobierno, y II. Por la Secretaría de Educación: a) El Director General de Acción Social, Cívica y Cultural; b) El Director de Cultura; c) El Director de Actividades Recreativas; d) El Director Artístico de la Orquesta Filarmónica de la Ciudad de México, y e) El Director del Teatro de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.