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Artículo 78 de la LEY PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN LA CIUDAD DE MEXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se apliquen castigos o medidas de seguridad, se tiene que seguir lo que dice la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Esa ley es como el instructivo que dice cómo deben hacerse las cosas cuando una autoridad te sanciona. No te pueden aplicar cualquier medida así nomás, todo debe hacerse en orden y con reglas claras.

Texto oficial

Artículo 78.- La imposición de medidas de seguridad se sujetará a lo dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. CAPÍTULO III De las Sanciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.