Artículo 13 Bis de la LEY DE AUDITORÍA Y CONTROL INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que sea jefa o jefe de la Contraloría General de la Ciudad de México durará en el puesto seis años, sin que pueda ser reelegida. La elegirá el Congreso de la Ciudad con el voto de al menos dos terceras partes de los diputados presentes, a partir de una lista de tres candidatos que proponga la persona que gobierna la ciudad. También la pueden remover por las causas que marca la ley, igual que el Congreso puede oponerse a esa remoción con el mismo porcentaje de votos. Para ocupar ese cargo se necesita: ser mexicano o mexicana, tener al menos 35 años cumplidos el día del nombramiento, contar con título de licenciatura y mostrar experiencia de mínimo tres años en temas como transparencia, fiscalización, rendición de cuentas o lucha contra la corrupción. Además, hay que tener buena reputación, no haber sido condenado por delitos graves (como robo o fraude) ni estar sujeto a un proceso penal. También se requiere presentar las declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, y no haber sido candidato ni haber tenido un puesto de elección popular, ni haber militado en un partido político durante los últimos cuatro años antes del nombramiento. Por último, no se puede haber ocupado un cargo de dirección nacional o estatal en ningún partido político en ese mismo período.
Texto oficial
Artículo 13 Bis.- La persona titular de la Secretaría de la Contraloría General durará en su encargo seis años, sin posibilidad de ser ratificada y será designada por las dos terceras partes de las y los integrantes presentes del Congreso de la Ciudad de México, a propuesta de terna enviada por la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y podrá ser removida o removido por ésta, de conformidad con las causas establecidas en la ley; el Congreso de la Ciudad de México podrá objetar dicha determinación por las dos terceras partes de las y los integrantes presentes. Para ser titular de la Secretaría de la Contraloría General se deben cumplir los requisitos siguientes: I. Tener ciudadanía mexicana y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles; II. Acreditar experiencia mínima de tres años en materias y/o ejercicio de transparencia, evaluación, fiscalización, rendición de cuentas, contabilidad gubernamental, control interno, responsabilidades administrativas o combate a la corrupción en la Administración Pública. III. Haber cumplido treinta y cinco años de edad, al día del nombramiento; IV. Poseer al día del nombramiento, título profesional de nivel licenciatura; V. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito doloso que amerite pena corporal de más de un año de prisión, ni estar sujeta o sujeto a proceso penal. Si se tratare de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza o cualquier otro cometido en contra del patrimonio, quedará inhabilitado para el cargo cualquiera que haya sido la pena; VI. Presentar sus declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, de conformidad con la normatividad de la materia; VII. No haber sido registrada o registrado como candidata o candidato, no haber desempeñado cargo alguno de elección popular y que no pertenezcan o militen en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores al nombramiento; VIII. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores al nombramiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.