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Artículo 15 de la LEY DE AUDITORÍA Y CONTROL INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría está organizada en diferentes áreas, como Subsecretarías, Direcciones Generales y Órganos Internos de Control. Estas áreas se encargan de hacer auditorías, supervisar el trabajo interno y revisar procedimientos, cada una dentro de lo que les toca según sus funciones. En pocas palabras, es como decir que la Secretaría tiene distintos departamentos que se dedican a checar que todo se haga bien y conforme a las reglas.

Texto oficial

Artículo 15.-Las Unidades Administrativas de la Secretaría serán las Subsecretarías, Coordinaciones Generales, Direcciones Generales, Direcciones Ejecutivas y Órganos Internos de Control que realizarán actividades de auditoría, control interno e intervención, en el ámbito de su competencia. TÍTULO TERCERO DE LA PROFESIONALIZACIÓN Y DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.