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Artículo 17 de la LEY DE AUDITORÍA Y CONTROL INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México va a crear un sistema para que los trabajadores del gobierno sean contratados y crezcan en su trabajo solo por sus capacidades, no por cuates o influencias. Este sistema aplica desde puestos de mando medio hacia arriba y debe ser justo tanto para hombres como para mujeres, dando las mismas oportunidades a todos. Los empleados públicos que entren por este camino tienen que actuar siempre respetando los derechos humanos y las reglas básicas del servicio público. Además, las leyes van a definir cómo se hacen los procesos para entrar al trabajo, capacitarse, obtener certificados, crecer en el puesto, quedarse y ser evaluados, siempre cuidando que no se violen sus derechos como trabajadores.

Texto oficial

Artículo 17.-La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, a través de la Coordinación General de Evaluación y Profesionalización, en el ámbito de su competencia, establecerá políticas de profesionalización y un servicio profesional de carrera fundado en el mérito, para los servidores públicos que la conformen, en igualdad de oportunidades y paridad de género. Este servicio profesional aplicará a partir de los niveles intermedios de la estructura administrativa, el cual deberá ser transparente y estará orientado a que los servidores públicos observen en su actuar los principios rectores de los derechos humanos y los principios generales que rigen la función pública. A efecto de garantizar la integralidad del proceso de evaluación, las leyes fijarán los criterios y las políticas bajo los cuales se organizarán los procesos para el ingreso, capacitación, formación, certificación, desarrollo, permanencia y evaluación del desempeño de los servidores públicos; así como la garantía y respeto de sus derechos laborales. TITULO CUARTO DE LA AUDITORÍA INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.