Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 14 de la LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas para el gobierno de la Ciudad de México y no cumples con tus obligaciones sin una razón válida, te pueden castigar. Pero si lo que hiciste no es un delito grave, la sanción será la que marca la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México y otras reglas que apliquen.

Texto oficial

Artículo 14. Los servidores públicos que incumplan injustificadamente con alguna de las obligaciones previstas en esta Ley y que no constituyan un delito, serán sancionados en términos de lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México y las demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.