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Artículo 39 de la LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Ciudadano va a elegir a un grupo de sus propios miembros para que supervisen lo que hace la Comisión de Búsqueda. Este grupo puede pedirle información a la Comisión sobre cómo se están llevando a cabo las búsquedas y también puede revisar y recomendar cambios en los programas y reglas que la Comisión use. Además, debe asegurarse de que se estén cumpliendo los planes nacionales y locales de búsqueda de personas y de exhumaciones, que es cuando se desentierran cuerpos para identificarlos. También tiene que ayudar a que las familias de las personas desaparecidas participen directamente en estos procesos, como dice la ley. Por último, puede hacer otras tareas que el Consejo Ciudadano le encargue, siempre y cuando estén dentro de sus facultades.

Texto oficial

Artículo 39. El Consejo Ciudadano integrará de entre sus miembros un Comité para la evaluación y seguimiento de las acciones emprendidas por la Comisión de Búsqueda, que tendrá las siguientes atribuciones: I. Solicitar información relacionada a los procedimientos de búsqueda y localización a la Comisión de Búsqueda; II. Conocer y emitir recomendaciones sobre los criterios de idoneidad, convenios, lineamientos, programas y reglamentos que emita la Comisión de Búsqueda; III. Dar seguimiento a la implementación en la Ciudad de México del Programa Nacional y del Programa de Búsqueda de la Ciudad de México y del Programa Nacional de Exhumaciones e Identificación Forense; IV. Contribuir, de acuerdo a lo establecido en la Ley General, la presente Ley, y disposiciones aplicables, a la participación directa de los Familiares en el ejercicio de sus atribuciones, y V. Las demás que determine el Consejo Ciudadano, en el marco de sus atribuciones. CAPÍTULO CUARTO DE LOS GRUPOS DE BÚSQUEDA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.