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Artículo 50 de la LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las autoridades del gobierno, ya sea federal, estatal o municipal, tienen la obligación de ayudar y dar información a la Fiscalía Especializada cuando ésta se las pida para investigar y perseguir los delitos que cubre esta ley. Esto significa que, por ejemplo, si la policía o algún funcionario público recibe una solicitud de la Fiscalía, debe cooperar sin excusas. Cada autoridad solo tiene que ayudar en lo que está dentro de sus responsabilidades o capacidades. Básicamente, nadie se puede hacer el desentendido cuando la Fiscalía necesita apoyo para hacer su trabajo.

Texto oficial

Artículo 50. Las autoridades de todos los órdenes de gobierno están obligadas a proporcionar, en el ámbito de su competencia, el auxilio e información que la Fiscalía Especializada les solicite para la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.