Artículo 89 de la LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía Especializada tiene que crear programas para proteger a las víctimas, sus familiares y cualquier persona que participe en la búsqueda de desaparecidos o en una investigación penal. Esto aplica si su vida o su cuerpo corre peligro, o si pueden sufrir maltrato o amenazas por ayudar en el proceso. Además, deben tomar medidas rápidas y necesarias para cuidar a quienes denuncian, a los testigos, a los seres queridos de la persona desaparecida y a sus defensores, contra cualquier maltrato o intimidación por sus declaraciones. También tienen que dar apoyo de ministerio público, peritos, policías y otras fuerzas de seguridad a los familiares y sus organizaciones cuando busquen a desaparecidos en el campo, asegurándose de proteger su integridad física.
Texto oficial
Artículo 89. La Fiscalía Especializada, en el ámbito de su respectiva competencia, debe establecer programas para la protección de las Víctimas, los Familiares y toda persona involucrada en el proceso de búsqueda de Personas Desaparecidas, investigación o proceso penal de los delitos materia de la Ley General, cuando su vida o integridad corporal pueda estar en peligro, o puedan ser sometidas a actos de maltrato o intimidación por su intervención en dichos procesos. Se tomarán medidas urgentes y adecuadas que sean necesarias, para asegurar la protección del denunciante, los testigos, los allegados de la persona desaparecida y sus defensores, así como de quienes participen en la investigación, contra todo maltrato o intimidación en razón de la denuncia presentada o de cualquier declaración efectuada. También deberán otorgar el apoyo ministerial, pericial, policial y de otras fuerzas de seguridad a las organizaciones de Familiares y a Familiares en las tareas de búsqueda de personas desaparecidas en campo, garantizando todas las medidas de protección a su integridad física.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.