Artículo 7 de la LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL ENTORNO ESCOLAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades obligadas por esta ley tienen que hacer campañas para que la gente entienda cómo convivir de manera democrática y sin violencia. Esto aplica en la familia, la escuela, la comunidad y la sociedad en general. También deben usar internet y las redes sociales para promover una cultura de paz en las escuelas.
Texto oficial
Artículo 7. Las autoridades, en el ámbito de su competencia, desarrollarán e impulsarán campañas de difusión que transmitan la importancia de una convivencia democrática y libre de violencia en los ámbitos familiar, educativo, comunitario, social y familiar, haciendo uso también de las tecnologías de la información y comunicación para fomentar una cultura de la paz en el entorno escolar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.