Artículo 111 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir una opinión técnica sobre obras subterráneas (como tuberías o cables bajo la calle), necesitas entregar estos documentos: primero, un formulario oficial llenado y firmado a mano; segundo, una declaración ambiental de la SEDEMA; y tercero, un seguro que cubra daños a tuberías, cables y otras cosas en la calle, vigente hasta que termines la obra. También debes incluir una memoria técnica firmada por el director de obra que describa el proyecto, como las calles donde se hará, el tipo de tubería, los cruces con perforación, el mantenimiento futuro y, si la obra mide más de 400 metros, un estudio del suelo con radar. Además, los planos del proyecto deben ir en formato PDF y digital (tipo .kmz), y si la obra está en zonas históricas o protegidas, necesitas el permiso del INAH o Bellas Artes.
Texto oficial
Artículo 111. Para solicitar la Opinión Técnica respecto de obras de instalaciones subterráneas, se deberán cubrir los requisitos siguientes: Artículo reformado G.O. CDMX 24/06/24 I. Documentos iniciales a) Formato Único de Trámites establecido en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, debidamente requisitado con firma autógrafa; b) Declaratoria Ambiental (SEDEMA). c) Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y daños a terceros que cubra daños a infraestructura subterránea y aérea en vía pública, misma que tendrá que permanecer vigente hasta la conclusión de la obra. II. Memoria Técnico Descriptiva, deberá estar firmada en cada una de sus hojas por el Director Responsable de Obra y Corresponsable en Instalaciones y deberá contener lo siguiente: a) Nombre del proyecto; b) Número de carnet del Director Responsable de Obra y Corresponsable en Instalaciones; c) Mencionar calles, colonias y Alcaldías de la trayectoria del proyecto; d) Indicar la canalización total de la trayectoria del proyecto y especificar la longitud de intervención por arroyo vehicular y/o banqueta y dimensiones de la zanja; e) Indicar los cruces de intervención por perforación horizontal dirigida, longitud y profundidad de la misma; f) Indicar tipo, número y dimensiones de los registros, postes, bóvedas a instalar, reparar o retirar; g) Indicar los puntos de conexión de las instalaciones; h) Se deroga; i) Procedimiento constructivo (incluir personal y maquinaria); Inciso derogado G.O. CDMX 15/12/2023 j) Indicar las especificaciones técnicas de la tubería, así como su diámetro y espesor; Inciso reformado G.O. CDMX 15/12/2023 k) Indicar tipo, distancia y número de elementos de seguridad para las instalaciones, en la trayectoria del proyecto; l) Indicar el proceso de mantenimiento y los tiempos del mismo, una vez ejecutada la obra; m) Incluir glosario de términos; n) Levantamiento topográfico detallado de la ubicación de la trayectoria a intervenir indicado en el proyecto; y o) Estudio de mecánica de suelos y geo-radar de la trayectoria de las obras subterráneas en vía pública cuando la intervención supere los 400 metros lineales. Inciso reformado G.O. CDMX 15/12/2023 Los proyectos que se pretendan intervenir en zonas declaradas como Áreas de Conservación Patrimonial o como Patrimonio Cultural Urbano, deberán contar previamente con el visto bueno y/o permisos del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, Instituto Nacional de Antropología e Historia y/o autoridad del Centro Histórico de la Ciudad de México. III. Planos del proyecto 1. Planos en planta y perfil del proyecto en PDF, los cuales deberán estar firmados por el Director Responsable de Obra y Corresponsable de Instalaciones, así también en formato digital en un Sistema de Información Geográfica (UTM, Geográficas), con las siguientes extensiones: .kmz, .kml, .dwg, .shp; 2. Cada uno de los planos deberá coincidir con lo manifestado en la memoria descriptiva y contar con la siguiente información: a) Trayectos debidamente acotados de la infraestructura; b) Especificaciones de la infraestructura a instalar (ductos y tubería); c) Ubicación y dimensiones de los elementos a instalar (registros, postes, bóvedas, tubería, fibra óptica, entre otros); d) Profundidad de la infraestructura a instalar; e) Ubicación de válvulas de seguridad y dispositivos de control; f) Cada línea y polígono deberán contener su diccionario de datos; g) Deberá contener tabla de atributos; y h) Se deroga. Inciso derogado G.O. CDMX 15/12/2023 i) Indicar las especificaciones técnicas de la tubería, así como su diámetro y espesor; Inciso reformado G.O. CDMX 15/12/2023 IV. Aprobación de proyecto emitida por la Comisión Federal de Electricidad (proyectos eléctricos). V. Estudio de Riesgos elaborado por un ROPC con autorización expedida por la Secretaría, y conforme a los Lineamientos Técnicos Específicos para su Elaboración en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. Fracción reformada G.O.CDMX 24/06/24 VI. Documentos finales: a) Minuta de campo y lista de asistencia que contenga nombres y firmas de todos los usuarios que cuenten con infraestructura en la zona a intervenir, incluido el anexo fotográfico; y Inciso reformado G.O. CDMX 15/12/2023 b) Escrito donde informe las fechas de inicio y de conclusión de la obra, con evidencia fotográfica del sitio previo y posterior a su intervención. Inciso reformado G.O. CDMX 15/12/2023 La Secretaría en todo momento, durante la vigencia del Estudio de Riesgos a que se refiere el presente artículo, podrá revisar que el contenido del mismo cumpla con lo señalado en la Ley, Reglamento, Lineamientos Técnicos Específicos y Normas Técnicas aplicables y en caso contrario procederá a aplicar las sanciones a que se refiere la Ley y el Reglamento Párrafo adicionado G.O.CDMX 24/06/24
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.