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Artículo 139 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los que forman parte del Sistema, junto con los encargados de los servicios importantes y la infraestructura clave, van a checar cómo van las reparaciones desde que empieza la emergencia hasta que termina. Esto lo hacen para que no surjan otros problemas o daños además de los que ya hay. En otras palabras, se aseguran de que todo se arregle bien y rápido, sin descuidar nada.

Texto oficial

Artículo 139. Los integrantes del Sistema, en coordinación con las personas responsables de los servicios vitales e infraestructura estratégica, darán seguimiento a las acciones de rehabilitación, desde el inicio de la emergencia hasta su conclusión, con el fin de evitar daños colaterales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.