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Artículo 159 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Resiliencia de la Ciudad de México va a crear grupos de trabajo especializados, llamados Comisiones Técnicas. Cada comisión se enfocará en temas importantes como el agua, la ciudad y el territorio, o los sismos. Además, el Consejo puede decidir formar más comisiones si hace falta. Una de las comisiones que antes existía ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 159. Para el cumplimiento de sus objetivos, el Consejo de Resiliencia de la Ciudad de México integrará Comisiones técnicas, encargadas de realizar estudios y trabajos específicos derivados de sus atribuciones, contando cuando menos con las siguientes Comisiones Técnicas: I. Comisión para la Resiliencia Hídrica; II. Comisión para la Resiliencia Urbana y Territorial; III. Comisión para la Resiliencia Sísmica; y, IV. Se deroga. V. Las demás que el Consejo determine. Fracción reformada G.O. CDMX 15/12/2023 Fracción derogada G.O. CDMX 15/12/2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

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