Artículo 205 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Fondo de Desastres (FONADEN) puede recibir dinero extra además del que le da el gobierno. Primero, si pides apoyo del fondo, puedes poner una parte del dinero como "coparticipación". Segundo, cualquier persona o empresa puede donar dinero o cosas voluntariamente, y eso se agrega al fondo. Tercero, los servicios que cobra la Secretaría (como permisos o trámites) también pueden generar ingresos que se van a ese fondo. En resumen, el FONADEN crece con aportaciones de solicitantes, donaciones y ganancias de servicios.
Texto oficial
Artículo 205.Además de los recursos públicos que se asignen a los instrumentos financieros, su patrimonio podrá ser aumentado bajo los siguientes criterios: I. Por los recursos que por concepto de coparticipaciones aporten las personas solicitantes de los mismos; II. Por las donaciones que a título gratuito realice cualquier persona física o moral, recursos que se asignarán al patrimonio del FONADEN; y III. Por los derechos, productos y aprovechamientos generados por los servicios que presta la Secretaría, recursos que pasarán a formar parte del patrimonio del FONADEN.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.