Artículo 225 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene el poder de cancelar los permisos o registros que haya dado si descubre que no se cumplió la ley, el reglamento o cualquier regla sobre protección civil y riesgos. También puede quitarlos si comprueba que la información que diste era falsa o mentira. Esto aplica desde diciembre de 2023. En pocas palabras, si no juegas limpio o no sigues las reglas, te pueden retirar los papeles que te autorizan a operar.
Texto oficial
Artículo 225.La Secretaría podrá revocar los registros o autorizaciones otorgados cuando se detecten violaciones a la Ley, a este Reglamento o cualquier otra disposición relacionada con la Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, así como cuando se constate que la información proporcionada carezca de veracidad. Artículo reformado G.O. CDMX 15/12/2023
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.