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Artículo 31 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, los Consejos de las Alcaldías (las personas encargadas de gobernar cada zona de la Ciudad) deben presentar su plan de trabajo en su primera junta importante del año. Ese plan tiene que incluir nueve puntos clave, como las leyes que lo respaldan, qué le toca hacer a cada grupo o comisión, quiénes participan, los objetivos generales y específicos, las actividades que harán, las metas que quieren cumplir, un calendario con fechas y formas de medir si están haciendo bien su trabajo. Todo esto sirve para que sepan exactamente qué van a hacer y cómo evaluarlo.

Texto oficial

Artículo 31.Los Consejos de las Alcaldías deberán presentar anualmente su programa de trabajo en la Primera Sesión Ordinaria, donde deberán establecer: I. Marco Jurídico; II. Atribuciones de cada Comisión y Comité; III. Integrantes; IV. Objetivo General; V. Objetivos Estratégicos; VI. Actividades; VII. Metas; VIII. Cronograma; y IX. Indicadores de desempeño.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.