Artículo 38 BIS del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México debe revisar y dar su visto bueno (lo que llaman un Dictamen Técnico) a ciertos negocios e industrias para prevenir incendios. Este requisito es obligatorio para los lugares de alto riesgo según normas oficiales, como los que manejan materiales inflamables o peligrosos. También aplica para cualquier negocio que tenga una construcción de 3 mil metros cuadrados o más, y para lugares como hospitales, centros comerciales, gasolineras y parques de diversiones. En pocas palabras, si tu negocio entra en estas categorías, los bomberos tienen que aprobarlo por seguridad.
Texto oficial
Artículo 38 BIS. El Dictamen Técnico sobre prevención de incendios que emita el Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México, será obligatorio para los siguientes establecimientos mercantiles e industrias: I. Los de alto riesgo, de acuerdo con el resultado del estudio de riesgo de incendio elaborado conforme la NOM-002-STPS-2010 o la que la sustituya; II. Los que, de cualquier forma, almacenen, produzcan, transporten o utilicen en sus procesos materiales inflamables o peligrosos contemplados en el listado de la NOM-028-STPS-2012 o la que la sustituya; III. Los que, de cualquier forma, almacenen, produzcan o transporten materiales inflamables o peligrosos de alto riesgo de incendio, contemplados en los “Acuerdos por el que las Secretarías de Gobernación y Desarrollo Urbano y Ecología” determinan los listados de actividades altamente riesgosas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 04 de mayo de 1992; IV. Cualquiera con superficie construida igual o mayor de tres mil metros cuadrados; y V. Los hospitales, parques de diversiones, estaciones de servicio, estaciones de carburación, centros y plazas comerciales. Artículo adicionado G.O. CDMX 24/06/24
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.