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Artículo 4 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que el símbolo oficial de la protección civil es un triángulo azul con todos los lados iguales, puesto sobre un fondo de color naranja. Ese diseño debe usarse tal cual, sin cambios, para que los organismos de protección civil identifiquen a su personal, sus edificios, su equipo y también los refugios temporales donde la gente puede resguardarse en caso de emergencia.

Texto oficial

Artículo 4. El emblema distintivo internacional de protección civil consiste en un triángulo equilátero azul sobre fondo color naranja, características que tendrán que ser respetadas por los organismos de protección civil, para la identificación de su personal, edificios y materiales; además en la identificación de los refugios temporales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.