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Artículo 58 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 58 ya no existe porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se cancela y deja de tener efecto. En este caso, el artículo se eliminó oficialmente el 15 de diciembre de 2023 en la Ciudad de México. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 58. Se deroga. Artículo reformado G.O. CDMX 15/12/2023 Artículo derogado G.O. CDMX 15/12/2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.