- Ley
- REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 73
Artículo 73 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 73 dice que todos los mapas de peligros que tienen cada alcaldía juntos son el Mapa de Peligros de toda la Ciudad de México. Esto significa que la información sobre riesgos de cada delegación se junta para formar un solo documento oficial de toda la ciudad. Así, no hay mapas separados, sino uno solo que incluye todos los detalles.
Texto oficial
Artículo 73. El conjunto de los Atlas de Riesgos de las Alcaldías forman parte del Atlas de Riesgos de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.