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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
79

Artículo 79 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría se encarga de avisar a las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México y a las Alcaldías sobre notificaciones y alertas importantes, como avisos oficiales o emergencias. También se mantiene en contacto con las autoridades federales para compartir información y coordinar cómo se hacen los procedimientos y los planes de trabajo. O sea, esta dependencia es como el enlace que asegura que todos los niveles de gobierno estén enterados y trabajen juntos. Así se evitan confusiones y se atienden los asuntos de manera más ordenada.

Texto oficial

Artículo 79. La Secretaría difundirá las notificaciones y alertas a las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México y a las Alcaldías, y mantendrá coordinación institucional con las autoridades federales para el intercambio de información y operación de procedimientos y planes operativos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 35) ↗

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