Artículo 89 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se deben hacer los dictámenes técnicos de riesgo de árboles peligrosos. La Secretaría del Medio Ambiente y las alcaldías de la CDMX deben seguir las reglas del artículo 118 de la Ley Ambiental para emitir estos dictámenes. También pueden hacerlos si una dependencia del gobierno federal o de la CDMX lo solicita con razones y justificaciones claras. Si hay una emergencia y se podó o derribó un árbol por personal especializado autorizado, avísenle a la autoridad ambiental a más tardar 48 horas después, siguiendo la norma NADF-001-RNAT-2015.
Texto oficial
Artículo 89.Para efectos de los artículos 14 fracción XXXVIII y 97 de la Ley, los Dictámenes Técnicos de Riesgo de arbolado en riesgo se realizarán conforme lo siguiente: I. La Secretaría del Medio Ambiente y las demarcaciones territoriales para emitir los Dictámenes Técnicos de Riesgo de arbolado se regirán conforme a lo establecido en el artículo 118 de la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra. II. La Secretaría podrá emitir Dictámenes Técnicos de Riesgo de arbolado en riesgo a solicitud fundada y motivada de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados, Autónomos o Entidades de la Administración Pública Federal y de la Ciudad de México; III. En caso de emergencia y/o riesgo que haya requerido poda o derribo de arbolado ejecutado por Dependencias, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados, Autónomos o Entidades de la Administración Pública Federal y de la Ciudad de México, con personal especializado en arboricultura y acreditado por la Secretaría del Medio Ambiente, se deberá informar a la autoridad ambiental correspondiente dentro de las 48 horas siguientes a la poda o derribo, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.1.17 de la Norma Ambiental NADF-001-RNAT-2015 o la que la sustituya.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.