Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_3681/90
Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
90

Artículo 90 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley oficialmente el 15 de diciembre de 2023 en la Ciudad de México. En términos simples, ya no existe como regla que debas seguir. Cuando una ley se deroga, es como si la borraran del libro de normas. Ahora para ese capítulo que habla de certificaciones, aplican otros artículos que sí están vigentes.

Texto oficial

Artículo 90. Se deroga. Artículo reformado G.O. CDMX 15/12/2023 Artículo derogado G.O. CDMX 15/12/2023 CAPÍTULO III CERTIFICACIÓN DE DICTÁMENES Y OPINIONES TÉCNICAS

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.