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Artículo 9 de la LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIODIFUSIÓN PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que el Sistema pueda hacer su trabajo, tendrá tres partes principales: un Consejo de Administración (como los jefes que toman decisiones importantes), un Director General (el encargado de coordinar todo), y un Consejo Consultivo Ciudadano de Programación (un grupo de ciudadanos que dan su opinión sobre los programas). El Director General tendrá el equipo de personas que necesite, pero solo si hay suficiente dinero en el presupuesto y de acuerdo a las reglas internas del Sistema.

Texto oficial

Artículo 9. Para el cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y responsabilidades, el Sistema contará con la estructura orgánica siguiente: I. Consejo de Administración; II. Dirección General del Sistema, y III. Consejo Consultivo Ciudadano de Programación. La persona Titular de la Dirección General contará con la estructura administrativa que se establezca en el Estatuto Orgánico del Sistema, siempre que se cuente con la suficiencia presupuestaria. Capítulo V Del Consejo de Administración

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.