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Artículo 134 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la encargada de llevar el Registro Público del Transporte. Este registro sirve para anotar y controlar todo lo relacionado con el transporte, como permisos, licencias o vehículos. Todo esto se hace siguiendo las leyes y reglas que aplican. En pocas palabras, es como un archivo oficial donde se guarda la información importante del transporte.

Texto oficial

Artículo 134.- El Registro Público del Transporte estará a cargo de la Secretaría y tiene como objeto el desempeño de la función registral en todos sus órdenes, de acuerdo con esta Ley y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.