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Artículo 135 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro Público del Transporte, por medio de su encargado principal, guarda y certifica documentos y contratos de transporte (como permisos o licencias) que se dan en la Ciudad. Es como un archivo oficial que da certeza de que esos papeles son legales y verdaderos para cualquier tipo de transporte, ya sea en camión, taxi, metro, etc.

Texto oficial

Artículo 135.- El Registro Público del Transporte a través de su titular, será el depositario de la fe pública y registral de los actos jurídicos y documentos relacionados con el transporte en todas sus modalidades en la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.