Artículo 140 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para comprobar que tu carro está registrado en la Ciudad de México, debes traer siempre contigo las placas, la calcomanía del pago de tenencia, la tarjeta de circulación y, si aplica, algún permiso especial. Todos estos documentos deben ir dentro del vehículo. La Secretaría de Movilidad puede dar placas o distintivos especiales para carros que tengan características únicas, como los adaptados para personas con discapacidad o los que usan tecnologías ecológicas, como híbridos o eléctricos; a estos últimos se les asigna una placa de color verde. Es como la identificación oficial de tu coche, para que sepas que todo está en orden.
Texto oficial
Artículo 140.- El registro e inscripción de los vehículos de transporte particular de pasajeros y de carga en la Ciudad, se comprobará mediante las placas de matrícula, la calcomanía vigente de pago de derechos vehiculares, la tarjetead circulación y, en su caso, el permiso que se requiera. Los comprobantes de registro deberán portarse en el vehículo. La Secretaría podrá emitir placas de matrícula y/o distintivo oficial para identificar vehículos de características específicas o que brinden un servicio especial, como vehículos para personas con discapacidad o vehículos con tecnologías sustentables, dígase híbridos o eléctricos, para estos últimos una placa de matrícula verde.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.