Artículo 173 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si las Alcaldías (como tu delegación local) quieren dar permisos para poner cosas en las calles, como rampas o puestos, tienen que seguir tres reglas: el plan de cómo se mueve la gente, el plan para evitar accidentes de tránsito, y los planes de cómo crece la ciudad. También deben tomar en cuenta lo que diga la Secretaría de Movilidad. O sea, no pueden hacer lo que quieran, sino que deben checar todos esos planes para que todo esté en orden y seguro.
Texto oficial
Artículo 173.- En el otorgamiento o modificación de las autorizaciones para la incorporación de elementos a la vialidad, las Alcaldías deberán ajustarse al programa integral de movilidad, al programa integral de seguridad vial y a los programas de desarrollo urbano, así como la opinión de la secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.