Artículo 187 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las calles y estaciones deben tener lugares especiales donde puedas cambiar fácilmente de un transporte a otro, como del metro al camión o de la bicicleta al coche. El gobierno va a hacerse cargo de crear y mantener estos espacios en buen estado, y también va a publicar un manual con reglas claras sobre cómo deben funcionar. Además, en un reglamento aparte se dirá cómo se clasifican estos lugares, qué normas debes seguir al usarlos y qué multas te pueden poner si no las respetas.
Texto oficial
Artículo 187.- La infraestructura para la movilidad contará con áreas de transferencia destinadas a la conexión de los diversos modos de transporte que permitan un adecuado funcionamiento del tránsito peatonal y vehicular. La Administración Pública instrumentará las acciones necesarias para crear, conservar y optimizar estos espacios; para local la Secretaría emitirá el Manual de diseño y operación de las Áreas de Transferencia para el Transporte en la Ciudad, así como los estudios y acciones necesarias para la reconversión de las áreas de transferencia existentes con objeto de mejorar su infraestructura y servicios. La clasificación de las áreas de transferencia; los lineamientos para el uso y sanciones a los usuarios de estos espacios se establecerá en el reglamento correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.