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Artículo 189 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a crear reglas claras para ponerle nombres y señales a las zonas donde cambias de transporte, como paradas de camión o estaciones del metro, y también para diseñar los mapas o sistemas que te ayudan a orientarte. Los que están a cargo de esas zonas, ya sean oficinas del gobierno o empresas privadas, tienen la obligación de poner y mantener esos nombres y señales. Todo esto es para que tú puedas identificar fácilmente a dónde ir y no te pierdas al usar el transporte público.

Texto oficial

Artículo 189.- La Administración Pública establecerá los lineamientos necesarios para la nomenclatura de las áreas de transferencia para el transporte y para el diseño de los sistemas de información. Las dependencias, organismos y particulares responsables de la administración de las áreas de transferencia para el transporte están obligados a implementar y mantener la nomenclatura y sistemas de que garanticen la fácil identificación y orientación de los usuarios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.