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Artículo 190 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la ciudad tiene que ponerse de acuerdo con los gobiernos de los estados vecinos para crear lugares donde la gente pueda hacer transbordo de un transporte a otro, como camiones o metrobuses. Estos puntos se ponen en las fronteras de la Ciudad de México con los estados de alrededor, así como en el Estado de México. La idea es que todo el sistema de transporte público funcione bien y sin problemas, para que puedas moverte de un lugar a otro de manera más fácil.

Texto oficial

Artículo 190.- La Administración Pública deberá establecer en coordinación con las entidades federales colindantes, las áreas de transferencia para el transporte en las zonas limítrofes de la Ciudad que permitan la correcta operación del Sistema Integrado de Transporte.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.