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Artículo 20 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Asesor puede proponer ideas de cómo mejorar el transporte y la vialidad, y la Secretaría de Movilidad puede ponerlas en marcha si las considera útiles. También da su opinión sobre proyectos importantes de calles, carreteras y nuevos sistemas de transporte público o de carga. Participa en hacer planes como el de Movilidad o Seguridad Vial, y en otros que le pidan el Jefe de Gobierno o el Secretario de Movilidad. Además, revisa cómo se mide y controla la planeación de la movilidad, y todo lo que opina se publica en un documento técnico para que el Jefe de Gobierno lo tome en cuenta.

Texto oficial

Artículo 20.- Son facultades del Consejo Asesor: I. Proponer políticas públicas, acciones y programas prioritarios que en su caso ejecute la Secretaría para cumplir con el objeto de esta Ley; II. Emitir opinión acerca de proyectos prioritarios de vialidad y transporte, así como el establecimiento de nuevos sistemas, para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros y de carga; III. Participar en la formulación del Programa Integral de Movilidad, el Programa Integral de Seguridad Vial y los demás programas específicos para los que sea convocado por la persona titular de la Jefatura de Gobierno y/o el Secretario de Movilidad; y IV. Dar opinión sobre las herramientas de seguimiento, evaluación y control para la planeación de la movilidad. Los proyectos expuestos ante el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, serán evaluados con los estándares que garanticen la movilidad de acuerdo a esta Ley, dichas opiniones serán publicadas mediante un documento técnico, en el que se expondrán las resoluciones referidas en las fracciones anteriores, a efecto que sean considerados por la persona titular de la Jefatura de Gobierno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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