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Artículo 222 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia de gobierno encargada del transporte) tiene la obligación de organizar y poner en marcha servicios que ayuden a los usuarios a informarse sobre los distintos tipos de transporte, como camiones, metro o taxis. Esto significa que debe asegurarse de que tú puedas obtener información clara y útil para decidir cómo moverte de un lugar a otro sin problemas. El objetivo es que tomes mejores decisiones sobre tu viaje, por ejemplo, saber qué ruta te conviene más o qué horarios hay disponibles.

Texto oficial

Artículo 222.- La Secretaría deberá planear, coordinar y/o ejecutar los procesos para el funcionamiento de servicios de información al usuario de los diferentes modos de transporte para garantizar una eficiente toma de decisiones de movilidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.