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Artículo 23 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité del Sistema Integrado de Transporte Público es el grupo encargado de planear y poner en marcha cómo se conectan entre sí los distintos transportes (como camiones, metros o trolebuses). Esto incluye que las rutas y horarios estén coordinados, que la información para los usuarios sea clara, que los vehículos tengan una imagen parecida y que se pueda pagar con un mismo boleto o tarjeta. Todo lo hacen siguiendo las instrucciones de la Secretaría de Movilidad, que es la autoridad que supervisa el transporte. En pocas palabras, su chiste es que los diferentes transportes funcionen como un solo sistema bien organizado.

Texto oficial

Artículo 23.- El Comité del Sistema Integrado de Transporte Público, tiene como propósito diseñar, implementar, ejecutar y evaluar bajo la coordinación de la Secretaría la articulación física, operacional, informativa, de imagen y del medio de pago.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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