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Artículo 29 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público se encarga de buscar cómo conseguir dinero y hacer las acciones necesarias para mejorar el transporte público. También debe renovar de manera regular los camiones, combis o metros y las instalaciones como paraderos o estaciones. Todo esto sin poner en peligro que el servicio se siga dando. En pocas palabras, su chamba es que el transporte público esté más chido sin que deje de funcionar.

Texto oficial

Artículo 29.- El Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público, tiene como propósito buscar los mecanismos y ejecutar las acciones necesarias para eficiente el servicio de transporte público, renovar periódicamente el parque vehicular e infraestructura del servicio y no poner en riesgo su prestación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

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