Artículo 31 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 31 dice que el Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público va a estar formado por una persona de cada una de estas dependencias: la Secretaría (seguro se refiere a la de Movilidad), Desarrollo Económico, Obras y Servicios, Finanzas, Contraloría General, y la Comisión Metropolitana de transporte. En pocas palabras, este comité es un grupo de trabajo que juntará a representantes de varias áreas del gobierno para buscar dinero y apoyos para mejorar el transporte público, como camiones o metros. Cada área manda a alguien para que opine y tome decisiones en equipo.
Texto oficial
Artículo 31.-El Comité de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público estará integrado por un representante de: I. La Secretaría; II. La Secretaría de Desarrollo Económico; III. La Secretaría de Obras y Servicios; IV. La Secretaría de Finanzas; V. La Secretaría de la Contraloría General; y VI. La Comisión Metropolitana de la materia.
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