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Artículo 32 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo Público de Movilidad y Seguridad Vial sirve para juntar, manejar y dar dinero que ayude a mejorar las calles, banquetas y otros espacios para que todos te puedas mover más seguro y sin peligros. También sirve para hacer campañas que enseñen a la gente cómo circular mejor, ya sea como peatón, ciclista, pasajero o conductor. Ese fondo se forma y organiza según las reglas que diga el decreto con el que se creó, así que no cualquiera puede meterle o sacarle lana.

Texto oficial

Artículo 32. El Fondo Público de Movilidad y Seguridad Vial, tendrá por objeto captar, administrar y aportar recursos que contribuyan a mejorar las condiciones de la infraestructura, seguridad vial y acciones de cultura en materia de movilidad para toda la población y su integración será de acuerdo al Decreto de su creación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.