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Artículo 53 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El estudio de impacto de movilidad sirve para que el gobierno revise cómo una obra o actividad privada va a afectar el tránsito de personas y cosas en la Ciudad de México. Su objetivo es evitar que esto dañe la calidad de vida, la economía local o el desarrollo sostenible, y que todo esté alineado con los planes de transporte, seguridad vial y desarrollo urbano. El trámite empieza cuando pides a la Secretaría que evalúe tu estudio y termina cuando te dan una respuesta, la cual no debe tardar más de 40 días hábiles. Para hacer el estudio, debes seguir lo que dice la ley, el reglamento y pagar los derechos correspondientes en el Código Fiscal de la Ciudad.

Texto oficial

Artículo 53.- El estudio del impacto de movilidad tiene por objeto que la Secretaría evalúe y dictamine las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio de la Ciudad, sobre los desplazamientos de personas y bienes, a fin de evitar o reducir los efectos negativos sobre la calidad debida y la competitividad urbana, propiciar el desarrollo sustentable de la Ciudad, así como asegurar su congruencia con el Programa Integral de Movilidad, el Programa Integral de Seguridad Vial, el Programa General de Desarrollo Urbano los principios establecidos en esta Ley. El procedimiento se inicia al presentar ante la Secretaría la solicitud de evaluación del estudio de impacto de movilidad, en sus diferentes modalidades y concluye con la resolución que ésta emita, de conformidad a los tiempos que para el efecto se establezcan en el Reglamento, los cuales no podrán ser mayores a cuarenta días hábiles. La elaboración del estudio de impacto de movilidad se sujetará a lo que establece la presente Ley, el Reglamento y al pago de derechos ante la autoridad competente, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.