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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_3842/82
Ley
LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
82

Artículo 82 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Como usuario del transporte público, tienes derecho a ver la licencia (o tarjetón), la foto y el nombre del chofer, y también las placas del vehículo. Esta información debe estar colocada en un lugar visible del camión o pesero, con un tamaño que puedas leer sin problema desde una distancia. Además, tienes derecho a conocer el número telefónico del centro de atención para pedir información o presentar una queja si algo no te parece.

Texto oficial

Artículo 82.- Los usuarios que utilicen el transporte público concesionado, tendrán derecho a conocer el número de licencia tarjetón, fotografía y nombre del conductor y matricula de la unidad concesionada; información que deberá estar colocada en un lugar visible del vehículo en un tamaño que permita su lectura a distancia; así como conocer el número telefónico del centro de atención al usuario para solicitar información o iniciar una queja.

Ver texto oficial de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 41) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.