Artículo 87 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres obtener una concesión para ser corredor de transporte (es decir, dar servicio de transporte público de pasajeros), tienes que demostrar que eres capaz técnica, administrativa y económicamente. Eso significa que debes comprobar que tienes el dinero suficiente, o acceso a créditos, para dar el servicio de manera segura, a tiempo, de buena calidad y sin interrupciones. Para acreditar tu capacidad financiera, debes presentar documentos que muestren que tienes solvencia económica y recursos disponibles para operar.
Texto oficial
Artículo 87.-La acreditación de la capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación del servicio de corredores de transporte, deberá asegurar la prestación del servicio en condiciones de calidad, seguridad, oportunidad y permanencia. La persona interesada en obtener una concesión para este tipo de servicio deberá acreditar su capacidad financiera con la documentación que garantice su solvencia económica y la disponibilidad de recursos financieros o fuentes desfinanciamiento para prestar el servicio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.