Artículo 98 de la LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un carro para dar clases de manejo o para servicios funerarios, necesitas un permiso especial de la Secretaría de Movilidad para poder usarlo. Ese permiso se pide aparte, no es como el que sacas para un carro normal. Sin ese permiso, no puedes operar legalmente ese vehículo.
Texto oficial
Artículo 98.- Todos los vehículos destinados a prestar servicios de auto escuelas y fúnebres, requieren para su funcionamiento de un permiso especial otorgado por la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.