Artículo 123 de la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando vayas con un notario a hacer tu testamento (ese documento que dice quién se queda con tus cosas cuando mueras), el notario tiene 5 días hábiles para avisarle al Archivo de que lo hiciste. En ese aviso debe poner la fecha, el número de su notaría, su nombre, cómo es el testamento y tus datos personales. Si en el testamento mencionaste los nombres de tus papás, también debe incluirlos. Además, si el gobierno tiene la plataforma lista, el notario puede mandar el aviso por internet.
Texto oficial
Artículo 123. Siempre que ante un Notario se otorgue un testamento público abierto, éste dará aviso al Archivo, dentro de los cinco días hábiles siguientes, en el que expresará la fecha del otorgamiento, el número de notaría, nombre completo del Notario, tipo de testamento, número de escritura, volumen o tomo, clase de protocolo, el nombre, sus demás generales, en su caso cualquier otro dato que requiera el formato para integrar los avisos de testamento, y recabará la constancia correspondiente. En caso de que el testador manifieste en su testamento los nombres de sus padres, se incluirán éstos en el aviso. El aviso correspondiente podrá ser presentado por medios electrónicos cuando la Autoridad Competente cuente con la plataforma necesaria para ello.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.