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Artículo 14 de la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Notario tiene que tratar igual a todas las personas que lleguen con él, sin favoritismos. No puede hacerte sentir que solo es "tu" abogado y que ignora a la otra persona, porque su obligación es ser neutral y dar el mismo trato profesional a todos. Todo esto lo debe hacer con honestidad y buena fe, como lo marca su código de ética. Si el Notario no cumple con esto, te puedes quejar ante las autoridades.

Texto oficial

Artículo 14. De conformidad con los postulados del Notariado Latino incorporado al sistema del Notariado local, en cada instrumento y en la asesoría relativa, el Notario deberá proceder conforme a los principios jurídicos y deontológicos de su oficio profesional; por consiguiente, no podrá tratar a una parte como su cliente y a la otra no, sino que la consideración será personal y profesionalmente competente por igual desde la buena fe y la asesoría imparcial a cada parte o persona que solicite su servicio. La violación a este Artículo ameritará queja.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.