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Artículo 269 de la LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta de Decanos puede elegir grupos de trabajo para hacer su labor más fácil. Esos grupos pueden estar formados por uno o varios de sus miembros, o por Notarios que trabajan activamente. A esas personas las nombran especialmente para esa tarea. Básicamente, los decanos pueden armar equipos con quien necesiten para cumplir con su trabajo.

Texto oficial

Artículo 269. Para el ejercicio de sus funciones la Junta de Decanos podrá designar comisiones de todo tipo, formadas por uno o más de sus miembros o Notarios en ejercicio, designados al efecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 52) ↗

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