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Artículo 14 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto es como el jefe que se encarga de organizar y dirigir todo el plan de crecimiento de la Ciudad. Para hacerlo bien, trabaja de la mano con otras dependencias del gobierno local y con las Alcaldías. También toma en cuenta lo que opinan escuelas, grupos culturales, organizaciones sociales y empresarios. Su objetivo es que todos juntos definan cómo debe desarrollarse la Ciudad.

Texto oficial

Artículo 14.- El Instituto tendrá por objeto la rectoría y conducción del proceso integral de planeación del desarrollo de la Ciudad, en coordinación con los demás entes de la Administración Pública Local, Alcaldías y la concurrencia participativa de los sectores académicos, culturales, sociales y económicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.