- Ley
- LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que esté al frente de la Dirección General debe ser especialista en planeación del desarrollo. Su trabajo es representar legalmente al Instituto, manejarlo, operarlo y cumplir sus metas, siempre siguiendo lo que la Junta de Gobierno decida.
Texto oficial
Artículo 18.- La persona titular de la Dirección General será una persona experta en planeación del desarrollo, a quien corresponderá la representación jurídica, la gestión, operación, funcionamiento y ejecución de los objetivos del lnstituto, con apego a los acuerdos y lineamientos aprobados por la Junta de Gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.