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Artículo 19 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o la jefa de la Dirección General lo eligen los diputados del Congreso, pero para que quede, más de la mitad tiene que estar de acuerdo. Antes de eso, un Comité de Selección propone tres nombres (una terna) de candidatos posibles. Este puesto dura cinco años, y cada vez que se renueve, tiene que alternar entre un hombre y una mujer para que haya igualdad. Así, si el jefe anterior fue hombre, la próxima persona que ocupe el cargo tiene que ser mujer, y viceversa.

Texto oficial

Artículo 19.- La persona titular de la Dirección General será designada por mayoría calificada de los miembros del Congreso, a partir de una terna propuesta por el Comité de Selección. Durará en su encargo cinco años, se garantizará el principio de igualdad, por lo que tendrá que existir alternancia en el género de la persona candidata y el o la titular de la Dirección General.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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