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Artículo 41 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La información que salga del Sistema de Información es oficial y las oficinas del gobierno local y las alcaldías deben usarla obligatoriamente. El Instituto se encarga de proteger tus datos personales, como tu nombre o dirección, siguiendo lo que diga la ley de privacidad. Esto aplica en todo lo relacionado con los instrumentos del sistema de planeación.

Texto oficial

Artículo 41.- La información que se genere a través del Sistema de lnformación será de carácter oficial y de uso obligatorio para la Administración Pública Local, así como para las Alcaldías. El lnstituto garantizará la protección de datos personales de acuerdo con lo que establezca la ley de la materia. CAPÍTULO QUINTO DE LOS INSTRUMENTOS DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.