Artículo 54 de la LEY DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno está obligado a asegurarse de que los planes que hace (como proyectos de obra, salud o educación) tengan suficiente dinero en el presupuesto para poder llevarlos a cabo poco a poco. Esto significa que no pueden prometer cosas sin tener los recursos necesarios para cumplirlas. Si un plan dice que va a construir una escuela, deben apartar el dinero para pagar los materiales, la mano de obra y todo lo que se necesite. Así, lo que prometen se va haciendo de manera gradual, pero con la certeza de que hay lana para completarlo.
Texto oficial
Artículo 54.- Las autoridades garantizarán que los objetivos, ejes de acción y metas formuladas en los instrumentos de planeación cuenten con una asignación presupuestal suficiente para su ejecución y cumplimiento progresivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.